por Fabián Prol

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Un simple movimiento de cámara es de por sí un problema moral.
por Fabián Prol

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Formulario de Reclamo por Portabilidad Numérica
Si ya fuiste hacer el trámite para cambiar de compañía de celular, queriendo mantener el número, y tenés problemas…
Si Ud. se decidió cambiar de una compañía celular a otra, conservando su número telefónico, le explicamos cual es el trámite, como ejercer su derecho, cual es su costo, y en el caso de impedimentos, demoras injustificadas o rechazo como reclamar.
Usuarios habilitados a pedir la Portabilidad Numérica: El pedido de cambio puede hacerlo cualquier usuario de todo tipo de plan o la forma de contratación (con factura o tarjeta). Debe ser titular del servicio, contar con documento de identidad (DNI) y si es una empresa con poder con facultades para este fin.
Trámite y Requisitos: El Usuario deberá dirigirse a la empresa de telefonía móvil a la cual pretende cambiarse (la NUEVA), con la documentación correspondiente que es una solicitud de portabilidad, con el Documento de Identidad (DNI).
Sólo en los casos de abonados con factura se deberá adjuntar además copia de la última factura recibida, de una antigüedad no mayor a los 30 días, entregada por la compañía celular que se quiere dejar.
El Proceso de Portabilidad Numérica no podrá ser mayor a DIEZ (10) días hábiles.
La norma establece que la interrupción en el servicio causada por el proceso de portabilidad no puede superar los 3 HORAS sin servicio. (art. 31 y 32. res. 98/10 modificada 67/11 CNC).
Costo: El costo no deberá superar un monto equivalente a las 100 PTF (pulsos telefónicos), que en la actualidad no llega a los $ 5.70 (art. 34 res. 98/10 CNC) . Le sugerimos consultar por que en general se bonificará el mismo por parte de la empresa NUEVA. Se sugiere consultar con la empresa ya que es facultativo de la misma cobrárselo.
POSIBLES IMPEDIMENTOS Y SU SOLUCION
Deuda Pendiente: La compañía vieja o donante, no puede impedir el traspaso por existir deudas pendientes o impedimentos contractuales, los que podrán saldarse en efectivo o deberá permitir un plan de pagos. (art. 25 inc. b. y 26 res. 98/10 CNC).
Contrato en Curso: Si Ud. no ha cumplido con el tiempo de vigencia establecido en el contrato preexistente, deberán abonar las penalidades que se hayan estipulado por la cancelación anticipada del contrato, de acuerdo a lo expresamente pactado y la normativa vigente; (Inc c. art. 25 res. 98/10 CNC). SALVO, cuando la empresa diera causales de rescisión por su culpa como es mal servicio, mala cobertura, problemas de facturación y en definitiva por no cumplir con los términos y condiciones establecidos en el contrato correspondiente, ni con la calidad del servicio que exigen las disposiciones vigentes de conformidad con lo establecido en su licencia de prestador.
Para dar la baja utilice nuestro: Formulario de Reclamo para dar de Baja una Línea Celular o Servicio Internet (renuncia anticipada)
Equipo Subsidiado: Si Ud. compró un equipo con un plan de tiempo determinado y obtuvo un equipo con un costo subsidiado o promocional, deberá esperar a terminar el contrato para cambiarse ó pagar las penalidades establecidas en el contrato y en la normativa vigente (Inc c. art. 25 res. 98/10 CNC). SALVO, cuando la empresa diera causales de rescisión por su culpa como es mal servicio, mala cobertura, problemas de facturación y en definitiva por no cumplir con los términos y condiciones establecidos en el contrato correspondiente, ni con la calidad del servicio que exigen las disposiciones vigentes de conformidad con lo establecido en su licencia de prestador.
Para dar la baja utilice nuestro: Formulario de Reclamo para dar de Baja una Línea Celular o Servicio Internet (renuncia anticipada)
Bloqueo de Equipo: En el caso tener un equipo bloqueado, deberá requerir el desbloqueo, si le ponen trabas o negativas por existir deudas pendientes, deberán permitir su cancelación en efectivo o por medio de un plan de pagos, sino utilice nuestro: Formulario de Reclamo para Liberar el Teléfono Celular (Subsidy Code)
Cambio de Empresa: Ud. podrá portar su número cuantas veces quiera según sus necesidades y conveniencia. Se le podrá establecer plazos mínimos de permanencia de SESENTA (60) días contados. (Inc g art. 25 res. 98/10 reformado 67/11 CNC)
PASO 1: REALIZAR RECLAMO ANTE LA EMPRESA TELEFONICA
*** NUNCA DEJAR LOS ORIGINALES, PRESENTAR SOLO FOTOCOPIAS ***
A LA EMPRESA DE TELEFONIA (poner nombre de la empresa)
S / D:
JUAN PEREZ, DNI Nº ……….., con domicilio en xxxx, localidad: xxx, Provincia de xxxx, Teléfono Nº xxx, Email xxx@xxxxx, CLIENTE Nº: XXXX , se presenta ante Uds., a fin de reclamar lo siguiente:
Hechos:
Que vengo a solicitar el cumplimiento de las pautas establecidas para la portabilidad numérica y que cese su conducta plagada de omisiones, demoras, irregularidades, barreras artificiales y discriminatorias, retención indebida por bloqueo de aparato o por contrato con plan vigente o por aparato promocionado o por deudas impagas, sin disponer de una forma de rescisión contractual y de pago conforme lo dispone el art. 26 y su remisión al Artículo 25 b) y c) Resolución SC Nº 98/2010. y disponga hacer efectivo este reclamo:
XXXXXXXXXX (poner motivo de reclamo conciso y preciso).
Teniendo el plazo de tres días hábiles conforme lo dispone el art. 22 de la Resolución SC Nº 98/2010 emitida por la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Petición:
Por lo expuesto solicito:
1. Proceda en forma inmediata a dar curso inmediato a los deberes a su cargo para poder cumplimentar la portabilidad numérica
2. En el hipotético caso de no reconocer mi reclamo y/o demorarlo injustificadamente, me reservo el derecho de recurrir al ente gubernamental de Defensa al Consumidor, solicitando el resarcimiento de los daños causado, el daño directo y sanciones por la infracciones cometidas en especial las dispuestas Decreto Nº 1185/1990 sus modificatorias y complementarias. Siendo nula cualquier cláusula que pretenda disminuir o anular este derecho.
3. No podrá suspender el servicio o dar de baja a un número que se encuentre cursando un reclamo respecto a la Portabilidad Numérica (art. 22 res.98/10 CNC) .
Firma:
xxxxxxx
Contacto Comisión Nacional de Comunicaciones
Si el inconveniente no fue solucionado en tiempo y forma o si la solución no es de su satisfacción, entonces comuníquese con CNC (reclamo en 2º Instancia) o directamente reclamo a Defensa al Consumidor PASO 2º:
Para efectuar la denuncia es importante disponer y suministrar información que cumpla (si corresponde), como mínimo con los siguientes requisitos: Datos del Titular del Servicio; Datos del Usuario del Servicio; Datos del Servicio Telefónico y/o de Internet; motivo del reclamo: atención comercial; facturación; Averias; constar con el Nº de Reclamo dado por el Operador.
Puede presentar su denuncia de diversas maneras:
Modelos de Denuncia para CNC en el siguiente link:
http://www.cnc.gov.ar/tramites/xtema.asp?idtema=9
PASO 2: DENUNCIA A DEFENSA DEL CONSUMIDOR.
Para el caso que no le sea satisfecho su reclamo o no sea plenamente satisfactorio, o los daños y perjuicios ocasionado por la demora o por los trastornos ocasionados Ud. deberá concurrir a formular la denuncia al Organismo Gubernamental de Defensa del Consumidor.
MODELO DE DENUNCIA : x triplicado.
Organismo de Defensa del Consumidor
S / D:
JUAN PEREZ, DNI Nº ……….., con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de xxx, Teléfono Nº xxx, Email xxx@xxxxx, se presenta ante Uds., a fin de denunciar lo siguiente:
Denunciada: Empresa (RAZON SOCIAL ) , CUIT Nº XXX, con domicilio en XXX , localidad XXX; Provincia de XXX, Telefóno Nº xxx.
Hechos:
Que vengo a denunciar el incumplimiento del Prestador de Servicios Portables, con las pautas establecidas para la portabilidad numérica por haber cometido omisiones, demoras, irregularidades, barreras artificiales, retención indebida y la que se han reclamado oportunamente y no haber tenido respuesta en el plazo de tres días hábiles conforme lo dispone el art. 22 de la Resolución SC Nº 98/2010 emitida por la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Documental:
Que mis dichos se encuentran avalados por los registros contractuales, planes, ofertas, aumentos y reclamos que se han mantenido en la vigencia de nuestra relación y cuya obligación es mantener y aportar (art. 53 LDC).
Constancia: de haber hecho el reclamo previo (si fue necesario) o el número si fue telefónico o por Internet.
Petición:
Por lo expuesto solicito:
1. Solicito que se declare la infracción al art. 42 de la C.N., el art. 8 bis, 10 bis, 10 ter, 19, 35, 37, 38, concordantes de la Ley 24.240 y resoluciones emitidas por la CNC en especial a la 98/2010 en su artículos 22, 25, 26, 34 y concordantes.
2. Resuelva a favor de la portabilidad numérica denunciada haciéndola efectiva en forma inmediata.
3. Daño Directo, dado el Daño sufrido, los gastos que se han generado, la pérdida de tiempo en hacer efectivo este reclamo para evitar que los daños “bagatela” queden sin reparación y “en abstracto”, y hacer operativos mis derechos de consumidor , conforme lo he expresado solicito se indemnice con el máximo valor dispuesto por el art. 40 Bis. Ley 24.240.
4. Sanciones: por la conducta asumida por la denunciada, solicito que la misma le sea aplicada la multa prevista en el art. 47 inc. B), Ley 24.240, en especial las dispuestas Decreto Nº 1185/1990 sus modificatorias y complementarias y/o cualquier otra sanción que correspondiere.
Firma:
xxxxxxx
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PASO 3: VIA JUDICIAL
En el caso que la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar judicialmente, sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa.
Para iniciar una Acción Judicial, requerirá un abogado que la asesore y patrocine.
Todas las acciones por defensa al consumidor gozan de gratuidad art. 53 LDC, por lo que no se abonará ninguna tasa o gasto para su inicio.
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INDEMNIZACION:
El art. 40 bis de la LDC dispone que todos los daños y perjuicios que tenga el consumidor, serán indemnizados hasta un monto de casi $ 9.700 (pesos Nueve mil setecientos). En la vía administrativa, sin necesidad de ir a juicio. En el caso de ir a juicio, dicha suma se tomará a cuenta de lo que disponga como indemnización el Juez.
ARTICULO 40 bis: Daño directo. Es todo perjuicio o menoscabo al derecho del usuario o consumidor, susceptible de apreciación pecuniaria, ocasionado de manera inmediata sobre sus bienes o sobre su persona, como consecuencia de la acción u omisión del proveedor de bienes o del prestador de servicios. La autoridad de aplicación podrá determinar la existencia de daño directo al usuario o consumidor resultante de la infracción del proveedor o del prestador de servicios y obligar a éste a resarcirlo, hasta un valor máximo de CINCO (5) Canastas Básicas Total para el Hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).
El acto administrativo de la autoridad de aplicación será apelable por el proveedor en los términos del artículo 45 de la presente ley, y, una vez firme, respecto del daño directo que determine constituirá título ejecutivo a favor del consumidor.
Las sumas que el proveedor pague al consumidor en concepto de daño directo determinado en sede administrativa serán deducibles de otras indemnizaciones que por el mismo concepto pudieren corresponderle a éste por acciones eventualmente incoadas en sede judicial.
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Las negritas y cursivas y algunos enlaces no pertenecen al texto original. Son un modo de destacar y facilitar mi propia lectura de porciones que considero de mayor relevancia.
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Por Luis Bruschtein
30–03–2012 / Ha habido pocos buenos gobiernos y muchos malos gobiernos. Desde un particularísimo modo de ver, un buen gobierno sería el que desarrolla estrategias que benefician a la mayoría y un mal gobierno, el que hace todo lo contrario, es decir, que beneficia a una minoría.
Es un trazo grosero porque en la realidad, por lo menos en los gobiernos civiles, se dan más los matices que alguno de esos extremos.
En los casos del radicalismo y el peronismo han tenido gobiernos que transitaron por toda la gama, desde lo que se definiría como “malos” gobiernos –los de Carlos Menem y Fernando de la Rúa– hasta los que podrían ser encuadrados entre los “buenos” gobiernos, como los de Yrigoyen y Perón.
El radicalismo, con una base social más instalada en las capas medias, priorizó en su discurso –sin excluir a los demás temas– la institucionalidad y el desarrollo de los derechos ciudadanos.
El peronismo, con una base social plebeya con urgencias de tipo económico y social más inmediatas, centró el suyo en la justicia social, también sin excluir los otros temas.
Los dos han expresado dificultad para entender la lógica de los grupos sociales más alejados de sus dinámicas. Los radicales han tendido a visualizar las políticas sociales como algo demagógico.
En el peor momento de la situación económica durante el gobierno alfonsinista, en vez de hacer anuncios relacionados con las necesidades concretas de los sectores populares, Alfonsín anunciaba el traslado de la Capital, algo que a la clase media le podía parecer importante pero que no estaba relacionado con salarios, alquileres, alimentos o transporte o alguna de las urgencias que se le planteaban en ese momento a los trabajadores y sectores más humildes.
Alfonsín había sido votado por gran cantidad de peronistas a los que nunca pudo entender lo suficiente como para dirigirse a ellos, y así los fue perdiendo.
Las formas plebeyas del peronismo con sus descamisados y tosquedades han sido rechazadas históricamente por las clases medias. Y al peronismo, los “buenos modos” de la clase media le han parecido pura hipocresía.
Por lo cual, los “buenos” gobiernos peronistas han tenido dificultades para dirigirse a las clases medias, pese a que ellas han crecido y han tenido sus épocas de oro justamente bajo esos gobiernos. Una expresión de esas dificultades han sido los tropiezos que siempre tuvo el peronismo con el electorado porteño.
Una de las razones que explica la permanencia política de Cristina Kirchner es que desde su condición de peronista se esforzó por desarrollar también una sensibilidad que la acercara a los sectores medios menos propensos al antiperonismo –menos “gorilas”–, que mantienen su propia lógica sin por eso dejarse llevar por el discurso de los “feos, sucios y malos” que vienen a ser los peronistas y ahora kirchneristas.
Para esa mirada tan de clase media conservadora, los “feos, sucios y malos” siempre han sido los pobres, los trabajadores, las clases medias más humildes.
Quizá lo dijo en broma, pero al referirse a las fotografías que mandan los seguidores del programa 6,7,8, la socióloga Beatriz Sarlo dijo hace algún tiempo que se mostraba gente fea a propósito porque era parte de la estética del programa.
Seguramente fue una broma pero ilustraba, a lo mejor de manera inconsciente aunque con absoluto realismo, esa forma de ver las cosas. Porque la verdad es que no se ve en esas fotografías a gente fea.
Se trata de personas comunes, del pueblo, sin producción, de las que se ven todos los días en la calle, algunas en actitudes chistosas. Solamente unas buenas orejeras culturales pueden hacer ver feo lo que no lo es, o viceversa.
En una conversación entre periodistas alguno describió alguna vez a la Presidenta como “una tilinga de Tolosa”.
El periodista no era un tilingo, pero claramente esa descripción provenía de una mentalidad esencialmente tilinga.
Para un tilingo, decir “tilinga de Tolosa” quiere decir alguien del pueblo raso (de Tolosa) que tiene el tupé de hacerse pasar por tilinga. Esa frase tan ingeniosa es en sí una gran tilinguería. Lo disruptivo para esa mentalidad, más mediocre que clasemediera, es la combinación de la actitud enérgica de Cristina Kirchner para gobernar con sus actitudes femeninas para arreglarse.
Más allá de todo el ingenio que una parte de la clase media desarrolla para atacar al kirchnerismo, como lo hizo en los primeros gobiernos de Perón, cuando hablaban de la “reputadísima” primera dama, por referirse a Evita o a la calle Larrea le decían Eva Perón (la rea), el kirchnerismo hizo un esfuerzo por incorporar al discurso peronista los conceptos más valiosos impulsados por esa cultura política de los sectores más avanzados de las capas medias.
Porque es cierto que en esas miradas tan diferentes hay desde ambos lados una carga ultratóxica de resentimientos, prejuicios y deformaciones.
Pero también hay contenidos valiosos tanto en las visiones mutuamente críticas como en los conceptos por la positiva.
El político o la fuerza política que pueda salirse de los esquemas culturales desarrollados por sus grupos sociales y corrientes políticas de origen para ver ese fenómeno desde sus aspectos positivos y arriesgar una síntesis, o lo que más se le parezca, estará más cerca del diseño de una propuesta de poder.
Durante muchos años el discurso de la justicia social fue la herramienta principal del peronismo y le bastó para convertirse en la principal fuerza electoral. Para el radicalismo fue más problemático, pero si algo quedó en evidencia en las dos últimas oportunidades que encabezó el gobierno fue que ya no alcanza con un discurso centrado casi exclusivamente en lo institucional.
El radicalismo no ha encontrado la forma de llegar a esa síntesis y profundiza su crisis. En cambio, con la llegada del kirchnerismo comenzó a producirse un fenómeno muy interesante en el peronismo.
A diferencia de otros momentos históricos, las grandes mayorías se construyen ahora con un gran aporte de las capas medias.
El aporte principal siguen siendo los trabajadores y los sectores humildes, pero ya no hay mayorías ni primeras minorías sin una participación importante de sectores medios.
Una propuesta, un discurso político, que no dé cuenta de este fenómeno estará condenado al fracaso y siempre estará la opción de tomar los aspectos más progresivos o los más reaccionarios de ambas miradas.
El kirchnerismo padeció de entrada el rechazo de gran parte de las capas medias, sobre todo en la ciudad de Buenos Aires. Son conocidas las reacciones de mal humor de Néstor Kirchner ante los resultados electorales en algunos distritos urbanos.
Con un poco de bronca llegó a asegurar, sin ocultar su desconcierto, que no entendía a los porteños. Si se hubiera quedado sentado en ese lugar, hubiera hecho lo mismo que hacen los que siguen inventando frases ingeniosas para expresar sus broncas contra el kirchnerismo.
El peor momento para el kirchnerismo, en ese sentido, fue la pelea por la Resolución 125 y las elecciones de medio término del 2009.
Si el kirchnerismo se quedaba encerrado en una disputa estéril con las clases medias, se hubiera condenado a la desaparición. Tuvo que romper con una inercia que lo llevaba a ese choque, tuvo que romper prejuicios y abrirse a algo diferente y que muchos de su palo despreciaban. En la vida y en la política esas son a veces las actitudes más difíciles.
Generó de esa manera un potente impulso expansivo de ampliación de derechos y construcción de ciudadanía asentado en su política de derechos humanos a la que había priorizado desde el primer momento.
Desde esa base fue gestando una poderosa artillería legal antidiscriminatoria, de derechos de género y de minorías religiosas o sexuales y de democratización de la información.
Los grandes debates por el matrimonio igualitario o por la ley de medios fueron señaladores importantes en ese proceso, hasta que en las últimas elecciones Cristina Kirchner obtuvo el 35 % del voto porteño.
Muchos de esos temas formaban parte del bagaje de otras fuerzas políticas que les otorgaban un alto valor de civilidad. Pero ahora esos logros identifican más al kirchnerismo.
Muchas de esas fuerzas se parapetaban antes tras esas reivindicaciones tan distintivas para despreciar al peronismo por primitivo y anticivilizatorio.
Y muchas de ellas incluso se opusieron a esos logros, que supuestamente defendían, cuando los planteó el kirchnerismo. No pudieron digerir su base peronista y su estética murguera, populista y plebeya.
Mientras el peronismo hacía un gran esfuerzo de apertura e incorporaba ideas progresivas, la oposición no pudo encontrar la energía o las motivaciones que la llevaran en una búsqueda similar, que tanto necesitan para generar opciones verdaderas.
Esa búsqueda iniciada por el kirchnerismo desde el peronismo le hubiera resultado aún más difícil con una oposición más abierta a sus propias ideas y menos aprisionada por prejuicios del tipo de que “nada de lo que haga el peronismo puede ser bueno”.
La oposición quedó encerrada en su propio corralito y no se atrevió a romperlo, con lo que le dio mucha ventaja al oficialismo.
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Lo vi por televisión. El “periodista” le preguntó si no opinaba que el viceministro de economía Axel Kicillof era demasiado joven como para desempeñar esa función.
Su atinada respuesta fue algo así: efectivamente, la etapa de la vida que atraviesan los jóvenes debería ser dedicada a la formación y su inevitable escasa experiencia los hacía ineptos para desempeñar funciones de tamaña responsabilidad. Después lo vi a Kicillof. Y sí, tiene cara de pibe.
Además no usa corbata y es de La Cámpora. Ahí me enteré que tiene 41 años, además de un curriculum académico más que respetable.
Pero esa cara de nene… Si por lo menos se dejara largas patillas, se peinara con flequillo y tuviera el ceño fruncido, se podría parecer a alguno de nuestros próceres y no al goleador de Instituto de Córdoba.
Porque, bien mirado, también me llamó la atención que la primera junta de gobierno contara con chiquilines irresponsables y lampiños como Mariano Moreno (hacia 1810 de 32 años) Manuel Belgrano (40 años) Juan Larrea (28 años) y algunos otros recién salidos de esa desgraciada juventud como Castelli (46 años) Domingo Matheu (45 años) y Manuel Alberti (47 años).
No quiero imaginar el trabajo que habrán tenido los eso sí, respetables Juan José Paso (52) Cornelio Saavedra (51) y Miguel de Azcuénaga (56) para mantenerlos ordenados, quietitos y sin tirarse del pelo en la fila cuando no eran observados.
El tema de las edades comenzó a preocuparme. Así me enteré que el que presidió el Congreso de Tucumán, Francisco Narciso de Laprida, a pesar de su solemne nombre de pila, en el momento de estampar su complicada firma en el acta de la independencia tenía ¡30 años! Prácticamente un prepuber.
Otro irresponsable: Martín Miguel de Güemes a los 21 años capturó un barco de los ingleses durante una de sus invasiones ¡con un grupo de paisanos a caballo! Y, ya lanzado a la total insensatez contuvo a los españoles en el norte en una guerra de montoneras (con perdón de la palabra) a los… sí… sí… ¡31 años!
Pero, el colmo de los colmos Don Santiago. Y aquí creo descubrir el origen de nuestro insanable infantilismo. José de San Martín, al que muchos llaman el padre de la patria, tenía, cuando la batalla de San Lorenzo 35 años, cuando lo designan gobernador de Mendoza y organiza el ejército libertador 37 y cuando se larga a cruzar los Andes con todo ese ejército (tamaña irresponsabilidad) y atreverse a liberar a Chile ¡39 años! ¿se da cuenta? ¡Menos que el chiquilín del viceministro de economía!
Por lo tanto, Don Santiago, aquí hay algo que no encaja. O este país es un país de mocosos hecho por criaturas, o el odio de los ambientes que usted frecuenta está dificultando el normal funcionamiento de sus otrora brillantes neuronas.
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En 2000, la Legislatura sancionó una ley para que la Ciudad administre el subte
por José Cornejo
29–03–2012 / El 11 de mayo de 2000, la legislatura porteña presidida por el radical Cristian Caram le otorgaba facultades al Poder Ejecutivo porteño para realizar los actos necesarios para transferir la fiscalización y control del sistema de transporte de subterráneos a favor de la Ciudad de Buenos Aires.
Acontecía por entonces la presidencia de Fernando De la Rúa, quien había sido sucedido en el gobierno porteño por su correligionario Enrique Olivera.
La normativa fue invocada por Alejandro Anchorena en La Nación y por el senador nacional Ernesto Sanz, en los debates del pasado 21 de marzo en el Congreso. Ni La Nación ni Sanz pueden ser acusados de oficialistas.
El ingeniero Mauricio Macri hace caso omiso de la ley. En la conferencia de prensa que dio esta tarde desconoció tener estas facultades.
Reza literalmente la ley 373/2000:
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Adhiérese al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 393/99, de renegociación del contrato de concesión del sistema de transporte de subterráneos por el cual se faculta al Ministerio de Economía y de Obras y Servicios Públicos, a realizar los actos necesarios para transferir la fiscalización y control de dicho contrato a favor de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
LEY N° 373
Sanción: 11/05/2000
Promulgación: De Hecho del 15/06/2000
Publicación: BOCBA N° 988 del 20/07/2000
Consultado sobre si la Legislatura ya había aprobado el traspaso en 2000, Macri aseguró que lo que se sancionó en ese entonces fue que la Ciudad “podía tener el control, pero no la concesión”.
¿Esperará el jefe de gobierno que sea la presidenta de la Nación quien lo anoticie?
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