Archivo de diciembre 15th, 2012

La Fragata Libertad. DE VUELTA A CASA. A otro «Tema»

diciembre 15, 2012

HAMBURGO
El Tribunal del Mar falló a favor de la liberación de la Fragata

15–12–2012 / El tribunal Internacional del Mar falló por unanimidad a favor del reclamo argentino y sostuvo que la Fragata Libertad es «una expansión de la soberanía» que tiene el país.

Fragatacartoon

“Ghana debe liberar inmediatamente y sin condiciones a la Fragata ARA Libertad y se asegurará que su comandante y tripulación sean capaces de dejar el puerto de Tema y los espacios marítimos bajo su jurisdicción”, señala el dictamen.

Para ello, obliga al país africano a reabastecer el buque escuela y brinda como ultimatum el 22 de diciembre para cumplir con la resolución.

Estas decisiones fueron avaladas por los 21 jueces que componen el Tribunal con sede en Hamburgo, incluyendo el ghanés Thomas  Mensah, luego de las audiencias que tuvieron lugar el 29 y 30 de noviembre pasado.

En primer lugar, el organismo judicial descartó el pedido del país africano y se declaró competente para dictaminar medidas provisionales hasta que la cuestión de fondo sea resuelta por un tribual arbitrario.

También le dio la razón a nuestro país al decidir que el artículo 32 de la Convención del Mar señala que los buques de guerra tienen inmunidad, tanto en aguas internacionales como en las interiores de un país.

Ghana nunca negó que la Fragata Libertad sea un buque de guerra, pero argumentó que la inmunidad no alcanzaba al Puerto de Tema, donde está retenida desde el 2 de octubre pasado.

En su defensa, los representantes africanos sostuvieron que allí se debe regir por la justicia ghanesa y, por lo tanto, acatar el fallo del juez Richard Adjei-Frimpong que ordenó el embargo respondiendo a los intereses del fondo buitre NML Capital.

“El derecho internacional especifica que un Estado no debe utilizar sus leyes internas, incluyendo su Constitución, como un escudo para evitar sus obligaciones internacionales”, recordó el Tribunal.

En la lectura resumida que realizó su presidente, el japonés Shunji Yanai, destacó además que «un buque de guerra es una expansión de la soberanía que tiene un país».

El fallo subrayó que “la Fragata Libertad fue autorizada a navegar en aguas territoriales de Ghana” y al impedir posteriormente su libre circulación “se privó al buque de sus derechos reconocidos en la Convención del Mar y el derecho internacional”.

La sentencia también explicitó que la situación “es urgente”, por el estado del propio barco, pero sobre todo de la tripulación.

El Tribunal hizo énfasis en los hechos del 7 de noviembre pasado cuando autoridades ghanesas buscaron subirse sin autorización al buque escuela: “Los intentos de abordaje muestran la gravedad de los hechos y la necesidad de medidas urgentes».

En ese sentido, citó al capitán del navío, Pablo Lucio Salonio, cuando declaró que la situación es “preocupante e incierta” y subrayó que los 43 miembros de la tripulación que no fueron repatriados sufren “tensión y fatiga” por tener que realizar las tareas de mantenimiento.

Por eso, el organismo impuso el ultimátum del 22 de diciembre próximo para la liberación, cuando los representantes argentinos nunca habían solicitado un plazo.

El Tribunal también destacó que Argentina intentó buscar una solución a través de la carta enviada por el canciller Héctor Timerman y con la visita a Accra del vicecanciller Eduardo Zuain y del secretario de Asuntos Internacionales del Ministerio de Defensa, Alfredo Forti.

Ese intento de diálogo y la falta de resolución fue “indispensable” para que el Tribunal pudiera luego deliberar y dictaminar la medida provisional de la liberación.

Tras el fallo, la jefa de la representación argentina, Susana Ruiz Cerruti, destacó que el dictamen “es una lección para los fondos buitre”.

La embajadora celebró que la decisión fue tomada por unanimidad y que alcanza también al capitán que fue denunciado por NML Capital por “desacato” al negarse a aceptar la orden del juez ghanés y las disposiciones de las autoridades del puerto de Tema.

Por su parte, el gobierno ghanés emitió un comunicado donde explica que “han tomado nota” de las órdenes del Tribunal y que “están comprometidos con sus obligaciones internacionales”.

Si bien comentan que es “lamentable” que el caso haya llegado a un organismo internacional, subrayan que siguen manteniendo “fuertes vínculos con Argentina”.

La Fragata Libertad – un buque de la Fuerza Naval Argentina que navega hace más de 50 años por distintos países – había sido autorizada el 4 de junio pasado para visitar Ghana, adonde llegó el 1 de octubre.

Pero al día siguiente, una persona que señaló trabajar para un tribunal comercial embargó el buque con una nota del juez Adjei-Frimpong.

Desde el 2 de octubre pasado, esta medida judicial que responde a un reclamo impulsado por fondos buitre, retiene al buque escuela en el Puerto de Tema.


Las negritas y cursivas y algunos enlaces no pertenecen al texto original. Son un modo de destacar y facilitar mi propia lectura de porciones que considero de mayor relevancia.


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14D. No es poca cosa. Tres autoridades del Poder Judicial han indicado la improcedencia del planteo central de Clarín.

diciembre 15, 2012

El fallo del 14D

Por Mario Wainfeld

Sabatella115–12–2012 / Era más que probable y mayoritariamente esperado que la sentencia del juez Horacio Alfonso rechazara la inconstitucionalidad articulada por el Grupo Clarín.

No lo era tanto que decidiera dejar sin efecto la medida cautelar más famosa de la historia.

Más allá de las profecías y los pálpitos, los dos aspectos del fallo se ajustan a derecho, con fundamentos sólidos. Junto al dictamen del fiscal Fernando Uriarte arman un combo rotundo, que Clarín tratará de desvirtuar.

No le será fácil cuando abandone el fascinante mundo de los spots o las solicitadas de pocas líneas para internarse en el jurídico.

Uno de los primeros reflejos del Grupo fue cuestionar que Alfonso se hubiera pronunciado con tanta velocidad, apenas el pleito pasó a sentencia.

Una chicana para el Agora, tan floja como las que articuló en el expediente: es una obviedad que el magistrado venía estudiando su resolución desde hace tiempo, como se comentó en esta columna el jueves pasado y un par de semanas atrás.

Los “considerandos” (fundamentos) de la sentencia no están escritos a la ligera, cualquier abogado con oficio puede testificarlo. Su núcleo es el derecho administrativo y se apuntala con citas de doctrina afamada.

El fiscal Uriarte hincó más el diente en la libertad de expresión, con buena pluma y versación. Alfonso no desdeñó ese aspecto e hizo referencia a una sentencia famosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Otras citas comprueban que Su Señoría está afilado: para explicar el carácter excepcional de la declaración de inconstitucionalidad mentó el precedente Avegno, recordado en un fallo flamante de la Corte Suprema. Data del 5 de diciembre y rechaza una demanda de la Asociación de Magistrados.

Precedentes de jurisprudencia norteamericana sobre leyes anti trust desbaratan los reproches sobre “argentinadas” o excesos sólo imaginables en el chavismo. Alfonso cubrió varios flancos: citó académicos y jurisprudencia locales y de otras comarcas, se mostró actualizado.

***

El juez aludió asimismo a criterios sentados por la Corte cuando diferenció lo que pueden ser violaciones a la libertad de expresión versus eventuales perjuicios patrimoniales. Formuló dos puntualizaciones de manual pero forzosas. La primera es que éstos no justifican declarar la inconstitucionalidad.

La segunda, subrayada desde hace tiempo por este diario, es que Clarín poco ha probado al respecto. Algunas líneas señalan flojedad en el desempeño de los abogados corporativos… la Corte había insinuado lo mismo tiempo atrás.

El juez sumó un razonamiento interesante: la magnitud del daño hipotético que pudiera sufrir Clarín por la “desinversión” depende en buena medida de sus propios actos.

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA) le abrió la posibilidad de practicar la adecuación voluntaria.

De haber hecho uso de ese derecho, hubiera podido minimizar esos perjuicios hasta ahora discutibles y virtuales, redondea Alfonso. Así obraron otros conglomerados, añade el cronista. Si Clarín porfía en no acatar la ley y la sentencia se confirma en lo principal, no podrá reclamar lo que haya perdido por esa opción.

***

La parte damnificada apelará para volver al útero de una Cámara Civil y Comercial que sabe acunarlo. Cuando lo haga se abrirán polémicas procesales muy sutiles o “finitas” (como dicen los comentaristas de fútbol). La más ostensible es la vigencia de la cautelar.

La polémica es compleja y dará para más.

En primera mirada el cronista señala que Alfonso es el juez de la causa principal, de la cual la cautelar es accesoria y subordinada. Así las cosas, es competente para ordenar su cese, aunque la haya establecido la Cámara.

Lo central no es la jerarquía de los tribunales sino la de las cuestiones: la demanda por inconstitucionalidad “manda”.

El motivo para poner fin a la medida de no innovar es de libro. Uno de los pilares que justifica establecer una cautelar es que el derecho invocado sea verosímil. Una sentencia en contra hiere profundamente la verosimilitud del derecho.

Vale recordar que, hace un buen rato, el entonces procurador general Esteban Righi dictaminó ante la Corte que, dada la endeblez del pedido de inconstitucionalidad, cabía voltear las cautelares. Los Supremos no acompañaron el dictamen, eligiendo un camino más intrincado que derivó en la fijación del 7D.

***

La apelación será concedida. En ese estadio ¿se suspende el levantamiento de la cautelar? Abogados y voceros mediáticos de Clarín (que a menudo juegan con los dos sombreros puestos) claman que sí. El cronista discrepa aunque será menos enfático.

El carácter suspensivo de una sentencia principal es clavado. Las normas habilitan interpretaciones disímiles respecto de si es suspensivo un recurso contra el levantamiento de una cautelar.

Es más, casi no hablan de ese supuesto, sino de su implantación. En el mejor de los supuestos para el multimedios, si la Cámara Corpo friendly porfiara con su cautelar, el Estado tendría un formidable argumento para ir vía per saltum a la Corte.

***

El escenario jurídico es fascinante, del político ni hablar. Lo cierto es que tres autoridades del Poder Judicial han indicado la improcedencia del planteo central de Clarín.

Primero la Corte Suprema, luego siguieron sus pasos (añadiendo argumentos de calidad) el juez de primera Instancia y el fiscal. No es el punto final, más vale, pero dista mucho de ser poca cosa.


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Ley de medios. Un larga pulseada y grandes «sinceramientos» posicionales

diciembre 15, 2012

Doble D

 Por Luis Bruschtein

plaza9d

15–12–2012 / Hubo quien festejó el 7 de diciembre y, por supuesto, también cuando en la impresionante concentración del domingo siguiente el Estado nacional no había podido aplicar la ley antimonopolio en el ámbito de los medios. No es nada nuevo. Siempre hubo gente a favor de los monopolios.

Finalmente, una semana después, el juez Horacio Alfonso le puso punto final a un capítulo de esta historia: declaró constitucional la ley y dio por vencidos todos los plazos.

El Grupo Clarín ya anunció que apelará este fallo, pero habiendo una decisión de primera instancia, la secuela judicial futura no parece tan favorable a sus intereses.

Hace tan sólo unos días, el Grupo Clarín alegaba que con la recusación de jueces del fuero Civil y Comercial, el Gobierno estaba demorando el fallo sobre la cuestión de fondo y ello configuraba “denegación de justicia”.

Antes porque era lento, ahora porque es muy rápido, sus abogados se están quejando porque el tema es “muy complejo” para que el juez lo haya resuelto con tanta velocidad. Pero el fallo está y seguramente quedará como un fallo histórico en el que las instituciones primaron sobre una gran corporación económico-mediática.

Sin embargo, el hecho de que una ley antimonopolio, que fue aprobada en forma impecable por el Congreso, fuera detenida por más de tres años por chicanas y cautelares, con jueces que tomaban decisiones que favorecían a la empresa y tras cartón se jubilaban, dañó la imagen pública de la Justicia.

El concurso 258 por el que se debía designar a los jueces naturales de este pleito sigue frenado en el Consejo de la Magistratura por cinco consejeros, entre ellos el diputado radical Oscar Aguad y el juez Ricardo Recondo, ex presidente de la Asociación de Magistrados y ex secretario de Justicia de Raúl Alfonsín.

Pero su acción en esa función no se destacó por la realización de los juicios, sino después cuando las presiones de la corporación militar hicieron retroceder lo que se había avanzado. El juez es también miembro de la polémica Cámara en lo Civil y Comercial que dictaminó a favor de la megaempresa.

Recondo también fue apercibido por la Corte, porque luego de frenar el concurso 258 usó su lugar en la Cámara para designar en forma manual a los jueces subrogantes de la causa.

Recién después de ese apercibimiento, el juez Alfonso fue designado por la vía institucional reglamentaria.

Mientras la derecha radical y otros sectores conservadores se empeñaban en estas operaciones judiciales que frenaban una ley que había sido aprobada en el Congreso, desde el Grupo Clarín se escribían editoriales para demonizar a otros radicales, como Leopoldo Moreau, que habían expresado la necesidad de que esa ley se aplicara.

La derecha peronista se sumó a la defensa del monopolio y hasta Hugo Moyano fue presionado para hablar contra la ley de medios.

En esa larga pulseada de más de tres años del Grupo Clarín en defensa de su predominio comercial, contra el Estado nacional, hubo muchos sinceramientos a nivel de la Justicia, de los medios y el periodismo y de la dirigencia política.

La fuerte tensión que puso sobre la sociedad esta confrontación –quizá una de las mayores en varias décadas– puso en evidencia a jueces, periodistas y más de un dirigente que posaron alguna vez de republicanos o izquierdistas.

De todos modos, esos retrasos con cautelares y chicanas judiciales lograron que el Gobierno no pudiera festejar que había logrado hacer aplicar la ley ante la multitud que se reunió en la Plaza de Mayo el domingo pasado, una concentración que mostró que, después de diez años, el Gobierno se ha fortalecido y ha comenzado a consolidar un crecimiento aunque todavía no está del todo afirmado.

La forma de conmemorar los 29 años de democracia fue una demostración de que el tiempo no pasó de la misma manera para unos y otros.

El Gobierno arriesgó una convocatoria de la que muchos kirchneristas desconfiaban.

La oposición hizo una celebración en local cerrado el lunes. La convocatoria oficialista tuvo una respuesta muy masiva, solamente comparable con los festejos del Bicentenario.

La oposición no se arriesgó a convocar y prefirió usar la mención a las marchas previas de los caceroleros y del moyanismo. Pero la inmensa concentración oficialista superó ampliamente a la suma de ambas.

Para el Gobierno, la masividad del festejo realizado en la Plaza de Mayo y en otras treinta ciudades del país fue un alivio. El cacerolazo había sido una demostración importante numéricamente, aunque sin dirección.

Los caceroleros cuentan siempre con la letanía de los grandes medios a su favor, casi podría decirse que en parte también ellos son un producto de esa letanía. En cambio, la convocatoria del kirchnerismo fue a contrapelo de esa campaña, de la que siempre es difícil medir el grado de penetración en la sociedad.

Las cientos de miles de personas que se concentraron fueron una demostración de que hay una parte considerable que ya es impermeable a ese sonsonete.

Las características de esa concentración dieron señales de que el kirchnerismo entraba en una etapa diferente. Un dato significativo fue el crecimiento de los movimientos sociales, que exhibieron una extendida presencia territorial, muy superior a la de actos anteriores.

También fue muy importante la columna del PJ que encabezaron los intendentes del conurbano.

Esa relación a veces ríspida, a veces coexistente, entre los movimientos sociales kirchneristas y los intendentes del PJ, parece ya cristalizada con reglas de juego para la convivencia en una fuerza común.

La multitud que llegó sin encuadramiento no se quedó en silencio ni se expresó como si solamente hubiera sido atraída por el festival de música.

A diferencia del Bicentenario, donde la expresión política fue menor y mucho más discreta, en este caso la gente se sumó a las consignas y siguió con mucha atención las definiciones políticas durante el discurso de la Presidenta.

En general, el nivel de politización expresado en los silencios para escuchar el discurso o en el tipo de consignas reveló un salto cualitativo. No fue un acto de “acarreados” por el choripán.

Podría decirse que en general, y grosso modo, expresaba un grado de cultura cívica muy superior al del cacerolazo: nadie quería matar a nadie, no hubo agresiones a periodistas, no hubo consignas mezquinas, ni rechazo de la política como herramienta democrática y se tenía claro que se festejaban la democracia y los derechos humanos.

El acto mostró una fuerza muy desarrollada y en fase de consolidación, tanto dentro del PJ como por fuera de él.

Daría la impresión de que su destino no será como el del menemismo, que prácticamente se esfumó y sus restos han ido derivando o mimetizándose en el duhaldismo, el denarvaísmo o el macrismo.

El kirchnerismo mostró raíces más profundas en la juventud y en sectores humildes y de clase media baja y media. Y la acción de gobierno le provee una plataforma ideológica de más actualidad que la de cualquier otra corriente política.

El problema que representa ese desarrollo es que el alto grado de politización es bueno para generar una identidad política, pero al mismo tiempo puede ir en detrimento de la proyección electoral más masiva y menos politizada que se requiere para llegar al gobierno.

En el acto del domingo, el kirchnerismo dio la impresión de que llegó para quedarse como jugador importante en la disputa política ya sea en el gobierno como en el llano.

Tras un 7D frustrado, si el domingo la sensación respecto de la ley de medios era de incertidumbre, esa frustración, y el fallo del juez Alfonso finalmente generaron un doble D de festejo para el kirchnerismo: el del domingo y el de ayer.


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Ley de medios. Ya está vigente desde hoy. Aunque haya apelación no hay más cautelar.

diciembre 15, 2012

LEY DE MEDIOS
Constitucionalista afirma que la Ley de Medios “ya está vigente” porque el juez dejó sin efecto medida cautelar

14–12–2012 / El constitucionalista Roberto Boico afirmó que la Ley de Medios «ya está vigente«, porque el fallo del juez Horacio Alfonso dictaminó que es «constitucional», y aunque sea apelado por el Grupo Clarín «ya no hay más medida cautelar» que era lo que trababa la plena aplicación de la norma.


«La ley ya está vigente desde hoy, porque más allá de que el fallo sea apelado no hay ya más medida cautelar. Eso es lo importante, porque aunque sea apelado esta apelación no inhabilita lo que dijo el juez en términos muy claros, que esta ley es constitucional«, enfatizó.

En declaraciones al programa 6-7-8 de la Televisión Pública, Boico recalcó que «hoy es un día para festejar«, ya que el fallo del juez Alfonso «es una grata noticia» y su contenido «hace honor a la Constitución«.

El constitucionalista recalcó que la sentencia de Alfonso «declara la constitucionalidad de los artículos 41, 45 y 161 con una fundamentación muy solida y convincente«, y enfatizó que además «revoca la medida cautelar» que había interpuesto Clarín para impedir la aplicación de la norma sancionada en 2009.

«Lo importante es que ya no tenemos medida cautelar. Por fin ya no tenemos cautelar», enfatizó, y sostuvo que «lo que todos esperábamos como 7-D finalmente es 14-D».

«Nos corrimos siete días por la maraña judicial que protegió al Grupo Clarín y extendió los plazos, pero finalmente tenemos este 14-D y la Ley tiene plena vigencia, porque ahora viene el fin de semana, el lunes 17 de diciembre«.

Boico agregó que el fallo del juez  Alfonso «ha barrido con lo que se denomina principio de verosimilitud«, por lo cual una apelación del Grupo Clarín

«tiene un efecto de suspensión de la sentencia pero no puede revocar la caída de la medida cautelar».

«Cuando se dicta una medida de estas características, donde el juez resuelve la cuestión de fondo y dice `esto es constitucional`, no hay posibilidad de revertirlo con una medida cautelar. Y si algún abogado dice lo contrario tiene que volver a la facultad«, explicó.

Para Boico la sentencia de Alfonso

«puede ser apelada, va a intervenir la Cámara, va a llegar a la Corte pero la medida cautelar se cae«.

Destacó que, además, «cuando cae la medida cautelar también cae lo que la Cámara (de Apelaciones) había dicho en forma artera, que es que el Grupo Clarín no tuvo ningún plazo previo» para la adecuación a la Ley.

La Cámara de Apelaciones, al prorrogar la medida cautelar el 6 de diciembre pasado había expresado que como Clarín no tenía plazos y que «inclusive ante la caída de la medida cautelar tenía un año más de plazo. Esto es un disparate», aseveró Boico.

«Con esta sentencia queda todo clarificado. El Grupo Clarín a partir del 17 de diciembre ya está en igualdad de condiciones con todos los demás y la AFSCA tiene plena potestad administrativa para intervenir conforme a lo establece la ley», afirmó.


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